SI LO HUBIERA SABIDO...
- Para dar de baja por mora en el contrato de medicina prepaga, la prepaga debe cumplir con los requisitos de ley (3 meses consecutivos, intimar por 10 días hábiles al pago, entre otros), si no se hace así, tanto el cobro de mayores períodos o la baja por mora pueden cuestionarse.
- Cuando un retailer de venta masiva entrega un producto y hace firmar una “exención de responsabilidad” en el caso de roturas, de ningún modo se desliga de su responsabilidad, salvo que pruebe un uso no adecuado de la cosa, en juicio.
Casos de Interés
Norero, Nélida Rosa c. Banco Santander Río S.A. y otro s/ ordinario • 02/06/2023 (Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de la Capital Federal. Sala C)
- La Sra. Norero había sido víctima de la extracción de dinero de su cuenta bancaria
- El Banco pese a que la cliente había desconocido las operaciones negó responsabilidad
- Lo mismo hizo Visa (Prisma Medios de Pago SA)
- La demandante probó que se encontraba fuera del país en esa fecha y que por lo tanto utilizaron esa red de cajeros para clonar su tarjeta y sacar el dinero
- El banco no se desligó de responsabilidad por el solo hecho de afirmar que las tarjetas con chip no se pueden clonar. Perdió básicamente porque no basta afirmar eso, hay que probarlo
- Prisma Medios de Pago quiso defenderse diciendo que solo se dedicaba a procesar las operaciones, pero el juez la condenó con el banco por ser propietaria de la red de cajeros donde sucedió la maniobra
Conclusión: no pueden desligarse el banco y la procesadora tan solo afirmando que sus sistemas no pueden clonarse o que no tienen nada que ver siendo propietarios del sistema de procesamiento, deben probarlo. Además ante la posibilidad de maniobras fraudulentas deben demostrar que pusieron todo el esfuerzo de sí para evitar, retrotraer los efectos o disminuirlos.
Un dato adicional: Quien asesoró a la usuaria no solicitó daño punitivo, es una multa que se aplica en estos casos cuando las empresas obran desaprensivamente contra el usuario. En este caso el banco y la procesadora al desconocer todo lo ocurrido y desligarse unilateralmente obraron a nuestro juicio abusivamente, obligando a la cliente a litigar, de haberse pedido probablemente hubiera prosperado ese rubro engrosando la compensación económica.
Noticias periodísticas explicadas legalmente
Autos 0km: demoran hasta 9 meses la entrega de adjudicados por planes de ahorro
- Las concesionarias no suelen ser en el 99% de los casos quienes administran los planes de ahorro, por lo que el consumidor que contrata luego no sabe por qué a quien le pagaba no es la misma empresa con quien inicialmente contrató.
- Las administradoras de planes de ahorro suelen tener una cláusula incluida en los contratos de adhesión que imponen al adquirente, cláusula que aun puede cobrarse si el auto en el que regulan la entrega tardía, imponiendose a ellos mismos multa por demora.
- La gran mayoría de los contratantes no sabe que las administradoras de planes de ahorro forman parte del mismo conglomerado de empresas que el fabricante, por lo que los precios de alguna manera son controlados por dos sociedades, una que supuestamente vela por los intereses del adherente ( administradora del plan de ahorro) y la que vende la cosa (fabricante)
- Nada de lo que dice el vendedor en promesas que no esté en el contrato, es verdadero ( promociones, bonificaciones, descuentos etc)
- Si el grupo económico que conforma esta operatoria sigue vendiendo planes de ahorro, el argumento de que no puede entregar en tiempo y forma es contradictorio. No puede seguir vendiendo unidades que sabe no podrá entregar.